CONOCE LOS ACTOS NOTARIALES ANTE CONSULADO.



Por Juan Carlos Cué Vega.

Cónsul de México en Brownsville.

Estimado compatriota. Hoy quiero hacer de tu conocimiento una posibilidad a tu alcance cuando necesitas ser representado en México para una acción legal y tú no puedes acudir porque te encuentras en el extranjero. Esta tarea consular es conocida como el otorgamiento de actos notariales que puedes llevar a cabo en un Consulado.

En efecto, de acuerdo con la ley del servicio exterior mexicano y en complemento a la ley del notariado de la ciudad de México, los jefes de oficina actuamos como notarios públicos para la realización de sólo ciertos actos. Estos son principalmente el otorgamiento de mandatos o poderes y en materia de sucesiones, la recepción de testamentos o el asentamiento de la última voluntad del otorgante que desea heredar un bien que se encuentra en territorio mexicano.

Me parece importante iniciar esta información haciendo de tu conocimiento que existe una gran diferencia entre un notario público en los Estados Unidos y aquellos en México. Esto debes tenerlo en cuenta porque tanto los asuntos que se llevan ante cada uno de ellos, como la formación profesional es totalmente distinta.

En Estados Unidos, la obtención de una licencia de notario es algo muy simple, no requiere ninguna capacidad especial, ni conocimientos legales sobre derecho civil o de otra índole. Tampoco debe establecerse como una oficina especial que requiera autorización del gobierno, ni se ocupa de que los documentos que eventualmente autorice surtan sus efectos en otro país, como pudiera ser Mexico o cualquiera otro y, de hecho, la mayor parte de las veces la actividad se limita a una especie de certificación de papeles, que tienen validez sólo en los estados unidos y los costos que cobran las personas que se llaman notarios públicos son menores, comparado con los que un notario público cobra en México por algún servicio. Por último, los notarios públicos en este país, tienen una autorización (se llama comisión) que sólo dura unos pocos años y después tienen que renovarse.

En resumidas cuentas, si bien se trata de una actividad legal, también es cierto que tiene muy pequeño margen de acción, que cualquier persona que haya cumplido con los requisitos lo puede ser y que, desafortunadamente como en muchas otras actividades, también han abusado de nuestros connacionales quienes por desconocimiento a veces caen en trampas y mentiras. Ejemplo de ello son aquellos que, con engaños, ofrecen papeles migratorios notariados, aunque esto en realidad no signifique nada, y hayan despojado a nuestros paisanos de algunas cantidades importantes de dólares. Es conveniente tener muchas precauciones y asegurarse, antes de cualquier cosa, de qué tipo de trámites se pueden realizar.

Por el contrario, en nuestro país, las Notarías Públicas son oficinas cuyos titulares son en primer lugar licenciados en derecho, que han estudiado una carrera legal, que han sustentado exámenes de oposición para la obtención de la patente de notario y que han esperado a que, una vez cumplidos esos requisitos, se les haya autorizado por el gobierno estatal (ciudad de México, Yucatán, etc.) la apertura de la notaría. En México, cada estado asigna un determinado número de notarías por ciudad. Así, por ejemplo, en Matamoros o Victoria hay un grupo de notarios que se encargan de llevar a cabo la escrituración de propiedades, de autorizar poderes para pleitos y cobranzas, actos de administración o dominio, dependiendo de la materia. También autorizan la constitución de sociedades, y en general reciben las manifestaciones de las personas que van a otorgar testamento.

Cabe destacar que, de conformidad con las tarifas que se autoricen por las oficinas fiscales, cobrarán el servicio más los honorarios, lo cual puede constituir un alto costo ya que a veces el cobro va en función de porcentajes del valor de la transacción, etc. Ello hace que en muchas ocasiones la gente, por ejemplo, no deje testamento, lo cual genera un gran problema sucesorio para las familias.

Comprendiendo que una gran comunidad mexicana tiene que hacer estos trámites y no puede ir a México por su situación migratoria o por cualquier otra causa, el legislador tuvo a bien incluir en la ley que nos rige a los cónsules, las facultades para que podamos actuar como notarios, aunque debido a ciertas particularidades legales, no tengamos todas las capacidades que en México, pero de manera general estamos facultados para autorizar mandatos, de persona física o de persona moral (empresas) y todo lo relacionado a testamentos públicos abiertos, esto es, en los cuales el otorgante de manera expresa señala al heredero, a los legatarios, a los albaceas y desde luego incluye los bienes y todo aquello que es materia de la herencia.

Debido a que esta tarea es muy delicada y la ley me exige cerciorarme de muchos documentos e incluso el estado físico, mental, anímico y demás del otorgante, en todos los casos, tanto en poderes, pero especialmente en testamentos, el solicitante de este servicio tiene que hacer una cita en el consulado. Esta primera cita será para verificación y chequeo de los documentos y en el caso de sucesiones, para una entrevista individual, a puerta cerrada con el cónsul titular en la que se abordarán diversos temas sobre todo aquellos que confirmen la voluntad de los otorgantes. La siguiente cita ocurrirá si el acto solicitado se ha autorizado y se han llevado a cabo todas las acciones previas que he descrito. Asimismo, se requerirá se efectúe el pago de derechos correspondiente mismo que, en el caso de los consulados, se ajusta invariablemente a la ley federal de derechos que el congreso haya autorizado para el año fiscal en que se efectúe el acto. Para terminar, conviene ejemplificar los casos más comunes que se atienden en nuestras oficinas, para efectos de que, si te encuentras en una situación análoga y deseas hacerlo, acudas con nosotros.

Los comparecientes en nuestras oficinas acuden mayormente cuando desean que alguien en México les cierre una cuenta bancaria, cuando desean vender un terreno o una casa, cuando tienen que hacer algún cambio de estado civil como divorcio o arreglar un acta de nacimiento o defunción de algún pariente, para cancelación de hipotecas, etc. En estos casos, por lo general se nos solicita un poder que puede incluir pleitos y cobranzas, actos de administración, actos de dominio, sólo una de esas facultades o un poder especial para una cosa específica. Los poderes, como es de tu conocimiento pueden otorgarse por un tiempo específico, para una acción particular en concreto, o pueden seguir vigentes hasta en tanto no se revoquen. En este último caso, es necesario ir al consulado a realizar la revocación.

Por lo que respecta a los testamentos, como ya se explicó antes, el otorgante debe probar que es propietario legítimo de los bienes inmuebles que pretenda suceder, además de sus plenas facultades y voluntad. Los albaceas o herederos pueden renunciar a estos cargos haciéndolo de manera clara frente al cónsul mediante una renuncia en el primer caso y un repudio de herencia en el segundo.

Como puedes ver, este tema es complicado y tiene muchas implicaciones, pero sin duda, el hacer las cosas bien y a tiempo, permitirá a las familias tener una mayor tranquilidad con respecto al patrimonio. Por tal motivo y a manera de consejo, acércate a nuestra oficina o llama a cualquier consulado de México para que te aclaren las dudas. No lo dejes para después. En el Consulado de México, estamos para servirte.

 

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