CBP ACONSEJA A LOS CAZADORES QUE PLANEAN VIAJES INTERNACIONALES.



DA Noticias.

A través de un comunicado de prensa el Servicio de Aduanas y protección fronteriza efectuó las siguientes recomendaciones para los cazadores que desean introducirse al país.

WASHINGTON.- Muchos cazadores disfrutan viajar a destinos internacionales, pero antes de emprender ese viaje internacional de caza, hay ciertos requisitos que los cazadores deben cumplir primero.

“Al planificar su viaje, es importante recordar que las regulaciones cambian con frecuencia en todo el mundo, dependiendo de los brotes de enfermedades de plantas y animales exóticos”, dijo Steve Ehrlich, Jefe de la Iniciativa de Viajes y Turismo de CBP. “Es responsabilidad del viajero conocer estas normas para garantizar que su viaje transcurra sin problemas”.

Los cazadores que planean viajar con sus armas de fuego con licencia deben obtener un Formulario 4457 de Aduanas y Protección Fronteriza, Certificado de registro para efectos personales llevados al extranjero. Este formulario proporciona al viajero un documento que enumera los artículos que se sacarán del país para que no se les cobren impuestos por estos artículos al regresar a los Estados Unidos. Este formulario es adicional a cualquier licencia de importación, exportación o deportista que pueda ser requerida en el país de destino.

“Este formulario permite que un oficial de CBP verifique que el viajero tenga esa propiedad en su poder mientras está saliendo de los Estados Unidos”, explicó Ehrlich.

Además, los cazadores deben asegurarse de que sus armas de fuego estén debidamente autorizadas para la exportación, de acuerdo con las normas del Departamento de Comercio y del Departamento de Estado.

“La Oficina de Industria y Seguridad (BIS por sus siglas en Inglés) del Departamento de Comercio tiene jurisdicción sobre las escopetas con una longitud de cañón de 18 pulgadas o más y los componentes relacionados”, explicó Ehrlich. “BIS también tiene jurisdicción sobre los rifles y pistolas de carga de cañón, pistolas de aire, réplicas de armas de fuego, cartuchos de escopeta y componentes, y la mayoría de los dispositivos ópticos de mira para armas de fuego”.

Los rifles y las escopetas con un cañón de menos de 18 pulgadas son jurisdicción de la Dirección de Controles Comerciales de Defensa (DDTC) del Departamento de Estado, que tiene jurisdicción sobre los artículos y servicios de defensa. Puede encontrar más información sobre viajar con armas de fuego en el sitio web de Inmigración y Control de Aduanas de EE. UU.

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Si el cazador compra el juego deseado, los cazadores deben comunicarse con su puerto de entrada local antes de regresar a casa para obtener información sobre el procesamiento del animal y la disponibilidad de los inspectores necesarios.

“Los viajeros son responsables de declarar sus artículos y presentarlos para su inspección al regresar a los Estados Unidos”, explicó Ehrlich. “Todos los productos relacionados con la agricultura deben declararse al ingresar a los Estados Unidos para incluir trofeos de caza de animales, cadáveres de animales de caza y pieles”.

Debido a que los trofeos de caza de animales, los cadáveres de animales de caza y las pieles están severamente restringidos por el Departamento de Agricultura de los EE. UU. (USDA) y el Servicio de Pesca y Vida Silvestre del Departamento del Interior de los EE. UU. (FWS), también depende del cazador saber qué animales puede ser cazado y devuelto a los Estados Unidos. Los cazadores deben visitar el sitio web de CBP para obtener información sobre qué productos agrícolas se pueden traer a los Estados Unidos.

Para obtener más información sobre cómo devolver sus trofeos de caza a los Estados Unidos, envíe un correo electrónico al Centro Nacional de Importación y Exportación a AskNCIE.Products@aphis.usda.gov o llame al (301) 851-3300.

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