El Senado de la República turnó al Ejecutivo Federal la Ley General de Comunicación Social, cuyo objetivo es reglamentar el modelo de propaganda gubernamental y garantizar que el gasto destinado a esta materia cumpla.
Con ello se dio cumplimiento a la sentencia que emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que el Congreso de la Unión expida una legislación antes del 30 de abril que regule el párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución, relativo a la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social.
De acuerdo a la nueva ley, la misma será aplicable a los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y las entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno.
Define a la Secretaría de Gobernación y a la dependencia o unidad administrativa equivalente en el ámbito de las entidades federativas y los municipios, como encargadas de regular el gasto en materia de comunicación social.
La Secretaría de Gobernación estará encargada de prestar asistencia técnica y evaluación de las estrategias, programas y campañas de comunicación social para efectos de la difusión de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales.
Dispone que los medios de comunicación que pretendan participar en la contratación de propaganda deberán estar inscritos previamente en el Padrón Nacional de Medios de Comunicación, el cual estará a cargo de la Secretaría de Gobernación.
La información contenida en el Padrón Nacional será pública y accesible vía electrónica, se precisa que el empadronamiento de los medios de comunicación en ningún caso implicará la obligación de contratación por parte de los entes públicos.
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