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Se permiten los viajes transfronterizos no esenciales para los no ciudadanos completamente vacunados que proporcionen documentación de entrada válida, atestación verbal y prueba de una vacuna contra el COVID-19 aprobada, como se describe en el sitio web de los CDC, que se encuentra aquí: Requisito de prueba de vacunación contra el COVID-19 para pasajeros aéreos | Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades
No se permiten los viajes transfronterizos no esenciales por parte de no ciudadanos con el único fin de obtener una vacuna.
CBP ha negado la entrada bajo el Título 19 a algunos viajeros no esenciales no vacunados que solo buscan la entrada para obtener la vacuna.
Así mismo CBP confirma que “No hemos eliminado la visa de nadie por este motivo”.
Un retiro/regreso a México es la consecuencia para los viajeros no esenciales no vacunados que intentan ingresar únicamente para vacunarse. No resulta en la cancelación de la visa.
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