Que pasa cuando tenemos mascotas, pero de repente tenemos un accidente y nos vemos incapacitados o quizás sufrimos hasta la muerte. Hay manera de proveer para nuestras mascotas o fijar una pensión alimenticia si nos ausentamos por un largo tiempo o para siempre?
Fijese usted que interesante. Uno puede proveer en un testamento no nada mas para sus seres queridos sino también para las mascotas consentidas que puedan seguir en vida cuando uno muera. Sin embargo aunque uno puede dejarles una herencia a las mascotas, surgen algunos problemas de los cuales tenemos que estar conscientes.
Primero, aunque haya un testamento esto no quiere decir que el albacea (the executor) vaya a promover el testamento en corte inmediatamente. Aquí en Texas uno tiene hasta cuatro años para presentar el testamento en corte. Entonces como el proceso (la sucesión testamentaria) puede tardarse mucho, la mascota estará ahí por todo ese tiempo sin recibir nada puesto que el testamento no se esta promoviendo en corte.
Segundo, antes de que la mascota reciba algo, la corte tiene que admitir el testamento y aprobar la repartición de los bienes a los herederos. Esto también se puede llegar alargar y llevarse mucho tiempo ya que antes de repartir hay que hacer un inventario y hay que notificar, por edicto en el periódico, a cualquier acreedor del difunto que anden por ahí.
Lo peor que pueda pasar es que se llegue a dar un disputa entre los herederos por que unos quieren mas que otros o por lo que sea y entonces ahí estará el pleito en corte por muchos anos y la mascota no va recibir ni un quinto partido por la mitad. Aquí en Cameron ha habido disputas por herederos que han durado más de veinte anos y todavía el pleito sigue en pie. Se imagina usted? En ese caso de Cameron del cual hablo los herederos se gastaron todo en abogados y al final y al cabo a ellos no les quedo nada, o casi nada.
Hay otra forma de proveer para las mascotas y se trata de crear un fideicomiso. Se designa a una persona para que maneje el fideicomiso y se deposita dinero en el fideicomiso para que el administrador del mismo use ese dinero para la mascota. El fideicomiso puede ser creado dentro del mismo testamento o aparte en otro documento distinto al testamento.
Hay que cerciorarse, primeramente, que el estado donde vivimos reconozca la validez del fideicomiso para el cuidado de la mascota. No todos los estados de la unión americana reconocen ese tipo de documento. Hay que también recordar que el administrador del fideicomiso cobrara cuotas anuales para el manejo del mismo.
Finalmente, también se puede firmar un poder de abogado (power of Attorney) dándole autoridad a fulanito o menganito para que maneje nuestros asuntos en caso de que nos veamos incapacitados. Dentro del documento podemos decir también que menganito tiene autoridad de usar dinero para cuidara a nuestras mascotas, inclusive llevarlos al veterinario o al salón de belleza para mascotas.
Como quiera que sea no porque existan estos documentos eso quiere decir que nuestras mascotas van a ser cuidadas amorosamente. Tendremos que ir pensando en el futuro y seleccionar al albacea, administrador o amigo que también ame a los animales y que se quiera encargar de ellos y protegerlos a través del testamento, fideicomiso o con el poder de abogado.
Cuanto dinero conviene dejarle a nuestra mascota favorita? Eso depende de la edad de la mascota y de su estado de salud y también depende del número total de mascotas. Acuérdese que el dinero que uno gastara par cuidar un potrillo recién nacido obviamente va a ser mas que el dinero para cuidar a un cotorrito de amor ya viejo y moribundo.
Carlos H. Cisneros es Abogado en Brownsville, Texas y maneja asuntos criminales federales y estatales, así como asuntos civiles por accidentes o muerte a raíz de la negligencia de terceros o como resultado de productos defectuosos. El contribuye esta columna como un servicio a la comunidad hispana. Aparte, tiene licencia para litigar en los tribunales de todo Texas, tribunales federales (Distrito Sur), cortes de apelación. Preguntas, Sugerencias Y Citas en el 1002 E. Taylor, Brownsville, o Tel. 956.504.2260, Email: carloscisneroslawyer@hotmail.