Por Lic Carlos H. Cisneros.
Hoy vamos hablar de lo que es la conspiración. Como es que se nos puede acusar de haber conspirado a cometer “x” crimen. También hablaremos de lo fácil que es meterse en graves problemas y de repente tener que afrontar una acusación criminal de conspiración y quizás hasta llegar a perder la libertad por una tontería.
Hay que también estar consientes o percatarnos de que a cientos de personas los acusan de conspirar diariamente en los Estados Unidos y muchos de ellos van a parar a la cárcel sin nunca haberse imaginado que el simple acto de ayudar a Fulanito constituía un elemento del crimen de conspirar.
Primero, hay que entender que el crimen de conspirar esta compuesto de dos elementos. Para empezar necesitamos a dos personas. Estas deben de ponerse de acuerdo en hacer equis cosa. Ese es el primer elemento, el acuerdo. Aparte de ponerse de acuerdo para hacer equis cosa uno de ellos debe de actuar para llevar a cabo el fin o el propósito del acuerdo mismo. Ese es el segundo elemento, el acto.
Por ejemplo si Fulanito le dice a Menganito “quiero que me ayudes a secuestrar a Zultanito,” y Menganito le dice “esta bien, yo te ayudo.” Mas sin embargo la conversación no pasa de ahí y ni Fulanito ni Menganito hacen nada para secuestrar a Zultanito, inclusive con el paso de los días se olvidan de la conversación, entonces esto no llega a nivel de crimen. Aquí decimos que Fulanito y Menganito estaban conspirando para cometer un secuestro (conspiracy to commit a kidnapping).
Ahora si Fulanito y Menganito lo hablan, se ponen de acuerdo y Fulanito va y consigue un carro y un arma de fuego para llevar a cabo el secuestro y Menganito consigue una soga y venda para la víctima, aun sin haberse cruzado con Zultanito todavía, estos dos ya cometieron el acto de conspirar para cometer el rapto. Aquí ya hubo el acuerdo entre dos y el acto que fue el ir a conseguir los instrumentos para llevar a cabo el delito.
Que pasa si sabemos que el compadre anda en el negocio de traficar ilegales y nos pide que vayamos a sacar un dinero del Western Union que le están mandando los familiares de los ilegales que están en Houston y sabemos que el dinero es para pagarle al compadre por sus servicios? Pues ya cometimos el delito de conspirar en el transporte de indocumentados. El “acuerdo” estuvo compuesto al acceder de ir a recoger el dinero (sabiendo para que era) y el “acto” fue ir a levantarlo.
Ahora fijese. Que pasa si el compadre nos pide que le recojamos el dinero del Western Union, pero nosotros no sabemos nada de sus negocios y ni siquiera nos imaginamos que ande en trafique de ilegales? Aquí no hay conspiración.
Que pasa si sabemos que el compadre va a asaltar un banco y sabemos que el aventón que nos esta pidiendo para ir al banco es para cometer el asalto y vamos y lo dejamos en la puerta de enfrente del banco? Ya nos hicimos culpables del delito de conspirar a asaltar una sucursal bancaria.
Y si no sabemos para que quiere el aventón el compadre y después en las noticias de las cinco de la tarde nos damos cuenta que fue el compadre el que asalto el banco? Aquí no somos culpables de nada por que no hubo acuerdo de que el aventón fuera para cometer el delito de asalto bancario. El acuerdo fue para darle un aventón al compadre al banco y nada mas sin saber cual era su propósito real.
Hay que tener cuidado. Inclusive uno puede cometer el delito de conspiración con el simple hecho de prestarle el teléfono celular al compadre si sabemos que el compadre esta haciendo arreglos con nuestro teléfono para mover indocumentados o drogas. Por ese simple hecho, han ido a parar muchas personas en prisión. Es mas si el compadre le dice a uno “oye hazme el favor de marcar este numero y nomás diles que ya va la mercancía en camino,” con eso ya conspiramos si sabíamos que el compadre andaba en el mal negocio. Acuérdese, tanto peca el que mata la vaca como el que le detiene la pata.
Carlos H. Cisneros es abogado en Brownsville, Texas y maneja asuntos criminales así como asuntos y demandas civiles. Contribuye con sus comentarios como un servicio a la comunidad hispana y cuenta con licencia para litigar en todo Texas. Preguntas, Sugerencias Y Citas en el 1002 E. Taylor, Brownsville, o Tel. 956.504.2260. Email: carloscisneroslawyer@hotmail.com
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