LA PENSION ALIMENTICIA.



Hoy vamos hablar de varios temas que tienen que ver con el derecho familiar.  Primero que nada, hablaremos un poquito de lo que dice el Código de Derecho Familiar de Texas en cuanto al respecto de la pensión alimenticia (child support).  Fíjese usted que ha habido nuevos cambios y se han incrementado (con eso del cambio al salario mínimo) las cantidades que ahora uno tiene que pagar para la pensión alimenticia.

Como el salario mínimo ha subido a $ 7.25 la hora, entonces el monto que hay que pagar de pensión alimenticia también ha cambiado.  Si uno tiene un hijo, uno tiene que pagar aproximadamente $ 202.00 dólares de pensión alimenticia por un hijo, mas aparte tiene uno que proporcionar el seguro medico.  Acuérdese que la persona tiene obligación de pagar un 20% del ingreso neto (no importa que la persona gana el salario mínimo u otras cantidades más fuertes) por un hijo, 25% por dos, 30% por tres, 35% por cuatro, 40% para cinco.

Cada año, mientras suban el salario mínimo, entonces lo que uno paga de pensión alimenticia también aumentara. Aparte, uno sigue teniendo la obligación de contribuir a los gastos médicos, inclusive pagar por el seguro medico del menor como lo exige la ley.  Todos estos ajustes, también aplican a los dos hijos (25%), tres hijos (30%), etc.… Finalmente acuérdese que la ley prohíbe quitarle a un padre/madre más del cincuenta por ciento, como pensión alimenticia. Acuérdese también que los porcentajes cambian si uno tiene otras criaturas en otros matrimonios o relaciones.  Entonces, el 20%, 25%, etc…, se reducen debidamente, de acuerdo a la ley, y de acuerdo a otros hijos en otras familias o con otras mujeres.

Que pasa si usted piensa que le están quitando más de lo debido, más de lo que indica la ley que deben de quitarle?  Usted puede pedir una revisión informal de su caso de manutención o pensión alimenticia (child support review process).  Estos servicios los hace gratis el procurador general (attorney general), siempre y cuando los dos padres estén de acuerdo de participar, voluntariamente, en las oficinas del attorney general.

En esta junta, los dos padres comparecen en las oficinas del attorney general y hablan de la custodia, manutención y el seguro medico, inclusive se discute el tema de los atrasos o recargos que uno pueda traer respecto a la pensión alimenticia (arrearages).

Si los padres acuerdan que se va a pagar tanto, entonces la oficina del procurador general prepara una sentencia para la firma del juez y es una orden judicial valida.  Una vez que el juez firma la sentencia, se considera el acuerdo valido, legal y de mutuo consentimiento.

Este proceso informal, el verse en las oficinas del procurador general, muchas veces es menos estresante que ir a corte y también mucho mas barato.  No hay que esperar en corte, desperdiciar toda la mañana, y andar hablando con abogados para que lo represente en corte.

Finalmente este proceso informal se puede llevar a cabo telefónicamente si una de las partes no puede asistir a la ofician del procurador general.  El oficial que le atienda en la oficina del procurador general tiene la obligación de intentar ayudar a ambas partes a encontrar una solución en común.  De esta manera la pareja no anda ventilando sus trapitos al sol en corte en frente de todo mundo y así no la acusan a uno de holgazán o desobligado o acusan a la madre de que le ha volteado a los hijos al padre y que les esta llenado la cabeza de cosas a los chiquilines y ahora estos detestan al papa.

Carlos H. Cisneros es Abogado en Brownsville, Texas y maneja asuntos criminales, así como casos de accidentes o muerte.  El contribuye esta columna como un servicio a la comunidad hispana.  Sus novelas, The Case Runner, y The Name Partner, The Land Grant, a la venta en www.amazon.com.  Aparte, tiene licencia para litigar en los tribunales de todo Texas, tribunales federales (Distrito Sur), cortes de apelación.  Preguntas, Sugerencias Y Citas en el 1002 E. Taylor, Brownsville, o Tel. 956.504.2260, Email: carloscisneroslawyer@hotmail.com

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