LA LEY DE MOISES Y LOS BEBES.



Hace tres semanas en Dallas acusaron a una joven de haber asesinado a su bebe al enterrarlo y esconderlo en una maceta de la casa.  Hace varios años en Puerto Isabel, se descubrió que otra joven madre había tenido un bebe, lo había sofocado, y lo había escondido en una maleta en su closet por mucho tiempo.

La pregunta es esta.  Existen mecanismos para que las madres jóvenes no se vean agobiadas con el prospecto de ser madres y que, en lugar de matar al bebe, lo puedan regalar sin que les repercute este acto en lo legal o  penalmente?

La respuesta es si.  En el año 2001, la legislatura de Texas paso una nueva ley que se le llama “the baby moses law” o sea la “ley del bebe, moisés.”  Así como a moisés lo pusieron en una canasta en el rió nilo y lo encontró otra persona que lo crió, entonces la ley de Texas permite que una madre abandone, regale o entregue a su bebe a terceros, en lugar que esta le haga daño. 

Esta ley tiene que ver con las madres jóvenes que no se quieren hacer responsables por el bebe, pero en lugar de matarlo o dejarlo morir, tienen una alternativa para entregarlo a una tercera parte.

El código familiar de Texas, sección 262.301 también habla del obtener La Posesión en una Emergencia en Casos de Bebes Abandonados.  Aquí la ley dice que una madre puede entregar a un bebe, de sesenta días de nacido o menos, a la Cruz Roja, a un hospital, a un departamento de bomberos, inclusive a un proveedor de servicios de Auxilio (EMS) o al departamento de protección al menor.

Dice también la ley (aquí ojo) que este proveedor de este servicio 1) NO TIENE NINGUNA OBLIGACION DE DETENER AL PADRE/MADRE Y 2) NO PUEDE NI DEBE INTERFERIR CON LA DECISION DEL PADRE/MADRE, AL MENOS QUE EL BEBE PRESENTE SINTOMAS DE ABUSO FISICO, Y 3) EL PROVEEDOR DE ESTE SERVICIO NO TIENE QUE PEDIR IDENTIFICACION AL PADRE/MADRE, E INCLUSIVE LA MADRE/PADRE PUEDEN PERMANECER EN EL ANONIMATO.

Este proveedor de este servicio entonces toma posesión del bebe y debe de cerciorarse de que el bebe no sufra de algún padecimiento y si esta enfermito, entonces debe de proporcionarle atención medica.  Después de haber tomado posesión física del bebe, entonces el proveedor de servicio debe de notificarle al departamento de protección al niño (en México DIF) y entonces el departamento asumirá la posesión y el manejo del menor.

Inclusive si la madre o el padre que entregaron al niño a los proveedores de servicios, dieron algunos datos personales, estos datos personales deben de mantenerse en estricta confidencia. Inclusive, la ley no obliga al departamento de protección al menor que lance una búsqueda para los padres del pequeño, si el departamento asumió la tutela del menor de acuerdo a estos estatutos del código de lo Familiar de Texas.

Lo que hay que recordar es lo siguiente.  Aunque la ley no castiga a la madre o al padre que regalan al bebe, esto no quiere decir que la ley contemple que esta bien el andar regalando bebes. Sin embargo de matar o deshacerse del bebe a que este viva y que el Estado de Texas, eventualmente, lo de en adopción a una pareja que realmente lo va amar, cuidar, alimentar y convertir en un ciudadano y miembro productivo de la sociedad, entonces esta alternativa si esta mucho, mucho mejor.

 Carlos H. Cisneros es abogado en Brownsville, Texas y maneja asuntos criminales así como asuntos civiles y casos de accidente catastróficos.  El contribuye sus comentarios como un servicio a la comunidad hispana.  Tiene licencia para litigar en todo Texas.  Preguntas, Sugerencias Y Citas en el 1002 E. Taylor, Brownsville, o Tel. 956.504.2260, Email: carloscisneroslawyer@hotmail.com

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