Ayer me hablo un cuate de Matamoros que tuvo problemas al cruzar el puente porque le habían quitado su visa para cruzar a Brownsville. Él estaba muy molesto y me comento que el oficial en el puente le había dicho “hazle como quieras, es tu problema si compruebas tu inocencia o no, o si recuperas tu mica o no. No es mi problema.”
Aparentemente, el oficial le dijo que en la computadora o en el sistema salía que mi cuate había conspirado con una partera de aquellos tiempos para sacarle el certificado de nacimiento americano a uno de sus niños. Mi cuate negaba su participación y afirmaba que migración estaba mal porque sus niños si eran efectivamente americanos.
Lo que me sorprendió de mi conversación con mi cuate, no fue tanto que lo acusaran de andar conspirando, sino la ignorancia del oficial de migración que ni el mismo, siendo oficial del Gobierno Federal de los Estados Unidos, tenga conocimiento de lo que es la PRESUNCION DE INOCENCIA.
Acaso el oficial pensaba que Brownsville es parte de la República Mexicana? En donde uno es culpable hasta que demuestre su inocencia? Acaso el oficial se había olvidado que Brownsville es parte de los Estados Unidos en donde existe una constitución que brinda protecciones ante la ley tanto a sus ciudadanos como a todo extranjero mientras estén pisando el suelo de este país?
Todo mundo en los Estados Unidos somos presuntos inocentes hasta que las pruebas o la evidencia demuestren lo contrario. Si se nos acusa criminalmente de un cargo, es el Estado o El Gobierno Federal los que deben comprobar nuestra culpabilidad ante un juez o un jurado. Si el Estado o Gobierno Federal se molestaron en investigar el supuesto crimen, y promueven el cargo dentro de las cortes, entonces también tienen la responsabilidad de presentar pruebas y comprobar, mas allá de cualquier duda razonable (proof beyond reasonable doubt), nuestra culpabilidad.
En pocas palabras, si el Estado o el Gobierno Federal ya nos arruino las vidas acusándonos de cierto crimen, entonces que lo comprueben. No es obligación del acusado el comprobar su inocencia o desmentir los cargos.
Por ejemplo si el Estado acusa a Pepito de robo de una bicicleta, la Fiscalía tiene que demonstrar lo siguiente. Que Pepito (el acusado) en tal fecha (dia, mes, ano), en el condado de Cameron (en donde), sin el consentimiento de Juanito el dueño de la bicicleta, intencionalmente y con uso de razón (sabiendo lo que hacia y queriendo hacerlo), tomo la bicicleta con la intención de no devolverla.
El dia del juicio la Fiscalía tiene que presentar pruebas o traer testigos y convencer ya sea al juez o al jurado que efectivamente Pepito se llevo la bicicleta para robársela. El fiscal primero presenta a Juanito y Juanito identifica la bicicleta y dice que nunca se la presto a Pepito. No puede entender como Pepito vino acabando con ella.
Luego el Fiscal presenta al policía que investigo el presunto robo. El policía dice que la vecina de Juanito le había informado que ella había visto a un jovencito morenito corriendo por el callejón con una bicicleta amarilla, como la de Juanito. Y que después, esa misma tarde, se había enterado que Juanito andaba buscando su bicicleta que porque no la encontraba. La vecina le dijo a la mama de Juanito lo que había visto. La mama de Juanito había reportado la desaparición de la bicicleta.
El policía después platica que en el callejón había visto huellas de llanta de bicicleta, junto con huellas de zapatos tenis marca Converse de talla siete o siete y medio. Después, al patrullar el vecindario, en el parque, había visto a un niño andando en bicicleta que daba el parecido a la descripción dada por la vecina. Cuando se acercó el niño era morenito y traía tenis marca Converse. En ese momento le pidió al niño que lo acompañara, junto y con bicicleta, a la casa de Juanito.
Cuando el policía presenta al jovencito en la casa de Juanito, que para estas alturas ya ha sido identificado como Pepito, Juanito identifica su bicicleta y dice que en ningún momento él le había prestado la bicicleta a Pepito. Que quiere levantarle cargos por robo.
Aquí se podría decir que la Fiscalía ya ha comprobado el caso en contra de Pepito. Mas sin embargo, el acusado también tiene el derecho de presentar pruebas y de comprobar que el caso de la Fiscalía tiene más agujeros que una bola de queso suizo. O sea que no es tan sólido y convincente como parece.
Pepito toma el banquillo de los testigos (aunque no lo tiene que hacer porque tiene el derecho de permanecer callado) y dice que el no calza del siete o siete y medio. El calza del diez. Se quita los zapatos tenis y los presenta. Efectivamente son numero diez. Además, admite haber usado la bicicleta pero solo porque se la había prestado Juanito. El agrega que Juanito y el habían hecho un arreglo en donde Juanito le pidió prestado el Nintendo por una semana a cambio de dejarlo usar su bicicleta.
Finalmente, la mama de Juanito es invocada a tomar el banquillo de los testigos por el abogado de Pepito. El le pregunta que si Juanito ha estado jugando con un Nintendo PlayStation en la ultima semana y ella responde que si y que no sabia como fue que Juanito, de repente, se haya hecho de un Nintendo PlayStation.
El abogado defensor le pregunta si ella sabe si Juanito presta a cambio sus juguetes con otros niños de la vecindad y ella admite que si, que a veces. El abogado defensor por ultimo le pregunta si es posible que Juanito haya hecho un cambio con Pepito y simplemente se le olvido el trato? Ella responde que si, que inclusive Juanito es un niño bueno, pero muy olvidadizo.
Se pregunta usted, bueno entonces como acabo el caso? Si usted responde que ahora tiene dudas respecto a la culpabilidad de Pepito, entonces tiene que declararlo inocente. Si usted responde que esta convencida en un cien por ciento, mas alla de cualquier duda razonable, que la pruebas presentadas por la Fiscalía demuestran la culpabilidad de Pepito, entonces tiene que encontrarlo culpable.
Más sin embargo, todo eso no importa. Lo que importa es el entender que es la Fiscalía la que tiene la responsabilidad y obligación de comprobar el caso. La Fiscalía tiene que comprobar cada uno de los elementos de la ofensa. El acusado no tiene que hacer nada y no tiene que tomar el banquillo de los testigos porque tiene el derecho de permanecer callado. Acuérdese que no estamos en México, en donde uno es culpable hasta que compruebe su inocencia.
En los Estados Unidos todos somos inocentes hasta que se nos compruebe la culpabilidad. Claro que el que nada debe, nada teme. Y a veces hay que fajarse bien los pantalones y atestiguar, aun cuando la ley nos conceda, aun, el absoluto derecho de permanecer callados.
Carlos H. Cisneros es Abogado en Brownsville, Texas y maneja asuntos penales federales y estatales, así como litigios civiles por accidentes o muerte a raíz de la negligencia de terceros o como resultado de productos defectuosos. El contribuye sus comentarios a esta columna como un servicio a la comunidad hispana. El Lic. Cisneros tiene licencia para litigar casos en todos los tribunales del Estado de Texas, Tribunales Federals (Distrito Sur), Cortes de Apelación, incluyendo la Corte de Apelaciones del 5o Circuito en Louisiana. Preguntas, Sugerencias Y Citas al 956.504.2260, carloscisneroslawyer@hotmail.com.
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