La Opinión.
La Corte Suprema dictaminó este viernes que el gobierno del presidente Donald Trump no puede deportar, por ahora, a presuntos pandilleros venezolanos bajo la Ley de Enemigos Extranjeros (AEA, en inglés), pero consideró que podrían ser deportados bajo otras leyes.
El caso resuelve provisionalmente un pleito de decenas de inmigrantes de Venezuela –presuntos miembros del Tren de Aragua (TdA)– detenidos en una prisión de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) en Texas, quienes buscaban evitar la deportación a una prisión en El Salvador.
“Para mayor claridad, hoy decidimos únicamente que los detenidos tienen derecho a una notificación mayor que la otorgada el 18 de abril, y otorgamos una medida cautelar temporal para preservar nuestra jurisdicción mientras se resuelve la cuestión de la notificación debidamente”, dice la decisión, hecha tras petición de la Administración Trump.
La determinación es temporal, debido a que los jueces del Máximo Tribunal devolvieron el caso a la Corte de Apelaciones para el Quinto Circuito, donde se resolverán varios aspectos subyacentes, incluida una decisión sobre si la política del presidente Trump en este caso es legal.
El tribunal reconoce la importancia de políticas que protejan la seguridad nacional, pero defiende que se apliquen conforme a la Constitución, lo cual decidirá un tribunal menor.
“Reconocemos la importancia de los intereses de seguridad nacional del Gobierno, así como la necesidad de que dichos intereses se promuevan de conformidad con la Constitución. En vista de lo anterior, los tribunales inferiores deben abordar los casos de la AEA con prontitud”, se indicó.
Es decir, los jueces no resuelven el fondo del tema, sobre si es legal o no aplicar la Ley de Enemigos Extranjeros, ya que esto debe ser terminado en la Corte de Apelaciones, lo cual puede tardar semanas y, tras una decisión, el caso podría ir nuevamente a la Corte Suprema.
“El Quinto Circuito debería abordar (1) todos los factores habituales de una medida cautelar preliminar, incluida la probabilidad de éxito en cuanto al fondo, en cuanto a las reclamaciones de hábeas corpus de los demandantes nombrados, de que la AEA no autoriza su deportación de conformidad con la Proclamación Presidencial del 14 de marzo de 2025”, indican la decisión.
También se pide al Quinto Circuito resolver el plazo de notificación a los inmigrantes que pudieran ser deportados bajo esa ley, si es el caso.
“Se prohíbe al Gobierno destituir a los demandantes nombrados o a los supuestos miembros del grupo en esta acción, en virtud de la AEA, en espera de la orden del Quinto Circuito y la resolución de la solicitud de certiorari, si dicha solicitud se solicita oportunamente”, acotan los jueces.
En un párrafo final, los jueces especifican que la Administración Trump puede procesar a los inmigrantes bajo otras leyes.
“El Gobierno podrá destituir a los demandantes nombrados o a los supuestos miembros del grupo en virtud de otras facultades legales”, se expone.
Dos jueces conservadores, Clarence Thomas y Samuel Alito, manifestaron públicamente su desacuerdo, según un texto publicado por la Corte.
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