LOS CONTRATOS DE GESTACION.



Hoy vamos hablar de algo sumamente interesante y que muchas veces pensamos que esas cosas no pasan más que en las grandes ciudades como Los Ángeles o Nueva York.  Hoy vamos hablar de los arreglos o contratos de gestación.  Inclusive, su servidor, ha hecho ya varios de estos trámites y son sumamente interesantes.  Que es un convenio de gestación se pregunta usted? Ahorita le platico.

Un arreglo de gestación es un acuerdo entre una pareja de casados y una tercera parte en donde la otra parte (presuntamente una mujer) presta su vientre para ayudar a la pareja a concebir una criatura.  Estos acuerdos están ya de moda e inclusive las cortes de aquí de Cameron ven este tipo de asuntos.  Como funciona esto se pregunta usted?  De la siguiente manera.

La ley dice que es legal que una pareja de casados contrate a otra persona para que esta otra persona preste su vientre para concebir al hijo de la pareja.  Estos son los siguientes requisitos.

Primero que la pareja que quiere al bebe ponga su ovulo y el esperma del la mujer y el hombre, respectivamente.  La mujer que va a prestar su vientre no puede poner su ovulo.  Y si esta está casada (the gestational mother), su marido de esta no puede aportar su esperma.  Todo debe de proceder de la pareja que no puede concebir pero que buscan al bebe (the intended parents).  El marido de la madre que va a prestar su vientre también tiene que aprobar el acuerdo, si esta está casada.

También los padres que buscan al bebe tienen la obligación de pagar todos los gastos médicos de la mujer que está aportando el vientre.  También pueden reenumerar a esta misma por sus servicios (esto es diferente que tratar de comprar un bebe de la madre biológica para adoptarlo…esto está penado por la ley).  Todos deben de firmar el acuerdo y tienen que estar enterados de los riesgos de semejante proceso.  También la ley no deja que la mujer que va a prestar su vientre sea primeriza.  La ley exige que la persona que va a prestar su vientre ya haya tenido hijos antes.

Finalmente, cuando el doctor injerta el embrión a la madre incubadora, las partes tienen catorce días para recurrir a una corte para que el juez dictamine que el acuerdo cumple con todos los requisitos de la ley de Tejas y para que declare ahí mismo que es la pareja que aporto el ovulo y el esperma los padres del bebe y que la mujer incubadora no tiene ningún derecho sobre el bebe.  Después de que nace el bebe, se le notifica al juez del feliz evento y este expide una sentencia final en donde el buro (bureau) de estadística de Austin debe de agregar los nombres de los donadores del embrión en el certificado de nacimiento como los padres del mismo.

Carlos H. Cisneros es Abogado en Brownsville, Texas y maneja litigios  civiles y mercantiles, también como asuntos criminales.  El contribuye esta columna como un servicio a la comunidad hispana.  Aparte tiene licencia para litigar en los tribunales de todo Texas, tribunales federales (Distrito Sur), cortes de apelación, incluyendo la corte de apelaciones del 5o Circuito en Louisiana.  Preguntas, Sugerencias Y Citas en el 1002 E. Taylor, Brownsville, o Tel. 956.504.2260, Email: carloscisneroslawyer@hotmail.com.

 

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