Entra en vigor la “Ley silla”: sancionará a empleadores si obligan a trabajadores a permanecer de pie.

Las reforma a los artículos 132, 133, 422 y 423 de dicha ley, prohíbe a los empleadores obligar a las personas a permanecer de pie durante su turno.



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Este martes 17 de junio entró en vigor la llamada “Ley silla”, la cual brindará legalmente el derecho al descanso durante la jornada laboral a empleados que así lo necesiten.

La reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) fue promulgada en diciembre pasado, establece la obligación de los patrones a proveer el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a disposición de todas las personas trabajadoras en los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos, para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante la jornada laboral.

Las reforma a los artículos 132, 133, 422 y 423 de la Ley Federal del Trabajo, prohíbe a los empleadores obligar a las personas a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral.

Entre las sanciones que se esperan contra empleadores que incumplan la “Ley silla” están multas de entre 250 y dos mil 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), además de la suspensión de actividades en caso de que se caiga en reincidencia.

Además, los centros de trabajo deberán establecer un reglamento interior donde se especifique que los periodos de reposo durante la jornada laboral son obligatorios, así como las normas que regulen el derecho de las personas trabajadoras a usar los asientos o sillas con respaldo.

Esta iniciativa fue presenta inicialmente por la ahora exsenadora Patricia Mercado, de Movimiento Ciudadano, pero tras quedar desechado el proyecto en la anterior Legislatura, fue presentada nuevamente en octubre por el diputado morenista Ricardo Monreal.

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