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Ya sea que llegues a México por avión, barco o tierra tendrás que cruzar por una aduana mexicana y si tienes mercancía de más deberás de pagar impuestos.
De acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), los nacionales pueden introducir al país la mercancía que integra su equipaje personal y aquella cuyo valor no exceda la franquicia a la que tengan derecho.
Sabemos que este tema no siempre es sencillo de entender y más porque los costos varían a lo largo del año; para que tengas las cosas claras en Conexión Migrante te dejamos esta pequeña guía.
1.- En temporada vacacional, las personas que ingresen a México por tierra podrán pasar hasta 500 dólares de mercancía, adicional a su equipaje, sin pagar impuestos. El resto del año la franquicia es de 300 dólares.
2.- Las personas que lleguen en barco o avión pueden ingresar 500 dólares durante todo el año.
3.-Los residentes de la franja o región fronteriza sólo pueden cruzar 150 dólares.
4.- Si llevas mercancía de más tendrás que pagar una tasa global del 16% del valor de la mercancía excedente.
5.-Si una familia viajen juntas por tierra en el mismo auto, pueden sumar sus valores de franquicia.
6.-Puedes demostrar cuánto cuestan tus artículos con facturas o comprobantes de venta; si no tienes uno de esto el personal de la aduana mexicana determinará el valor de tus artículos.
7.-La lista de los artículos que puedes incluir es bastante extensa, sin embargo, no incluye bebidas alcohólicas, tabacos labrados o combustible automotriz.
Si tienes dudas adicionales, puedes consular el portal del SAT.
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