Los integrantes de la 64 Legislatura del Congreso de Oaxaca aprobaron una reforma al Código Penal local para castigar, con hasta cuatro años de prisión, a quien acose sexualmente a una persona.
Con esta reforma al artículo 241 Ter, quedan prohibidos y serán castigados silbidos, expresiones verbales o gestuales de carácter sexual; exhibir y realizar tocamientos, roces o cualquier frotamiento contra el cuerpo de la víctima, pues se consideran delito de acoso.
Este delito se castigará con prisión de dos a cuatro años, y una multa de 100 a 200 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.
La pena aumentará hasta en una tercera parte cuando se cometa por dos o más personas, y cuando exista seguimiento y persecución.
Además, la reforma señala que si el acoso se comete contra una persona menor de 18 años o con alguna discapacidad, se procederá contra el responsable a petición de parte.
Cuando por cualquier causa, la víctima no pueda resistirse, el delito se perseguirá de ocio. Mientras que si el acosador es servidor público, o se vale de medios o circunstancias que el encargo le proporcione para cometer el ataque, además de las penas previstas en el Código Penal se le destituirá del cargo o empleo.
Según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), el número de delitos sexuales se incrementó en Oaxaca en más de 200% en los últimos tres años. Tan sólo este 2020, con corte al 31 de mayo, la entidad registra un total de 676 denuncias por delitos contra la libertad sexual, de los cuales 84 son por acoso y 24 por hostigamiento sexual.
Al respecto, Horacio Sosa Villavicencio, presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso, celebró la reforma y aseguró que con ella desde la Cámara de Diputados de Oaxaca “se cierra el paso a la violencia contra las mujeres”.
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