SCJN otorga más tiempo para dictaminar sobre uso de la marihuana



En sesión privada realizada este viernes, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó otorgar al Congreso de la Unión nueva prórroga para la aprobación de la legislación relativa a la regulación de la marihuana con fines lúdicos y la referente a la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos. Antes de que se aprobara la disposición los legisladores tenían hasta el 30 de abril de 2020 para adecuar la legislación en las respectivas materias. Por instrucciones del presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, el secretario general de Acuerdos del Alto Tribunal, Rafael Coello Cetina, notificó de la resolución a la titular de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, Mónica Fernández Balboa, mediante oficio número SGA/MFEN/287/2020.

En el documento se específica que la nueva prórroga vence el último día del periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión, que comprenderá del 1 de septiembre al 15 de diciembre del 2020. El 31 de octubre de 2018, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la declaratoria de inconstitucionalidad 1/2018, para el caso de la marihuana, en la que ordenó a los legisladores eliminar de la Ley General de Salud los artículos 235, párrafo último; 237, 245, fracción I, 247, párrafo último y 248 que prohíben el uso lúdico de esta droga, al considerarlo violatorios del derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Los ministros fijaron un plazo del 20 de febrero al 31 de octubre de 2019. Sin embargo, la Corte concedió el 29 de octubre del 2019 una primera prórroga al Congreso de la Unión para dar cumplimiento a la sentencia, tras la petición que le formularon los legisladores. En diciembre de 2019 la Corte aprobó la petición para extender el plazo de cumplimiento de la sentencia dictada al resolver las acciones de inconstitucionalidad 105 y 108 de 2018 que promovieron la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y legisladores de oposición contra las reformas a la Ley de Remuneraciones, que establece que ningún servidor público puede ganar más que el presidente de la República. El plazo también vencía el 30 de abril de este año.

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